En este DOF, fechado en 29 de abril del 2010, se dan a conocer los estudios técnicos de aguas nacionales superficiales de las subregiones hidrológicas Alto Grijalva, Medio Grijalva y Bajo Grijalva de la Región Hidrológica número 30 Grijalva-Usumacinta, en el que definen si existe la necesidad de modificar el marco regulatorio vigente, en materia de control de la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales.Las conclusiones indican que existe disponibilidad de aguas nacionales superficiales en 51 cuencas hidrológicas de 53 que integran las subregiones hidrológicas Alto, Medio y Bajo Grijalva, y de aguas nacionales del subsuelo. Sin embargo, no es factible aprovechar dichas aguas nacionales porque están vedadas.
Otra de ellas reconoce que es factible y deseable mejorar el manejo de las aguas nacionales en la generación de energía hidroeléctrica, en virtud de que existe disponibilidad de aguas potencialmente aprovechables y sin alterar dicha generación. Con toda esta disponibilidad de aguas es factible y deseable suprimir la veda de las aguas nacionales superficiales y del subsuelo.
No obstante, el DOF reciente recordó que el Acuerdo de fecha 25 de septiembre de 1957, publicado en el DOF el 19 de octubre del mismo año, estableció el Distrito de Riego, Drenaje y Control de Inundaciones del Bajo Río Grijalva, vedó por tiempo indefinido el alumbramiento de las aguas del subsuelo y reconoce en 2010 que el desuso de las aguas superficiales de toda la cuenca está deteniendo el desarrollo en los estados de Chiapas y Tabasco.
Con base en los resultados de los estudios técnicos obtenidos, propone al Ejecutivo Federal establecer la veda por tiempo indefinido para el alumbramiento de las aguas del subsuelo y para las superficiales de toda la cuenca tributaria de la denominada Cuenca del Río Grijalva.
Asimismo recomienda que la Comisión Federal de Electricidad y la Comisión Nacional del Agua, en la operación de las hidroeléctricas y administración de las aguas, elaboren conjuntamente un programa operativo que permita minimizar las inundaciones en la subregión hidrológica Bajo Grijalva.
Se consideró la vinculación con los tres órdenes de gobierno para consolidar su participación en los Consejos de Cuenca, incluso se otorgó la participación a los usuarios, en la Sesión Extraordinaria del Grupo de Seguimiento y Evaluación del Consejo de Cuenca de los ríos Grijalva y Usumacinta, el día 31 de agosto de 2009, en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
En ese mismo tenor revela que los municipios de las subregiones hidrológicas Alto y Medio Grijalva, entre ellos Tuxtla Gutiérrez, comprendidos en la Depresión Central de Chiapas, aparentemente gozan de buenas condiciones climatológicas, hidrológicas, geohidrológicas y de vegetación.
Sin embargo, advierte, presentan un periodo de estiaje que va desde diciembre a mayo, época en que las políticas de operación de los embalses del sistema de presas sobre el río Grijalva exigen el aprovechamiento de sus aguas para cumplir los compromisos de generación de energía eléctrica, generando molestias en los usuarios de los demás sectores que se ven limitados para el aprovechamiento de las aguas, incluso de las que se regresan al río aguas abajo de la casa de máquinas de la Presa Chicoasén.
Esta problemática se debe analizar a detalle ya que se trata de una población mayor a 500 mil habitantes, además de ser el principal centro de comercio a nivel estatal que depende del agua que escurre de las cuencas aguas arriba.
En un apartado dice también que la cantidad y calidad del agua utilizada en la generación hidroeléctrica, no sufren alteraciones, excepto por la merma que significa el agua que se evapora en los embalses y subraya que la Comisión Federal de Electricidad no contempla nuevas hidroeléctricas en la región en su programa 2005-2014, según el Diario Oficial de la Federación reciente.
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